RFEF y LNFP acuerdan las nuevas normas para LaLiga Santander y LaLiga SmartBank
La Comisión
Gestora de la Real Federación Española de Fútbol ha aprobado las nuevas normas
y bases de competición de Primera y Segunda División adaptadas a la situación
generada por la COVID-19 y que fueron acordadas la Liga Nacional de Fútbol
Profesional en el marco de la Comisión de Seguimiento del convenio de
coordinación.
En concreto,
lo aprobado hoy es lo siguiente:
Sobre los terrenos y los horarios
• Excepcionalmente y a lo largo de la
presente temporada cuando por circunstancias derivadas de la pandemia un club
estuviera imposibilitado para disputar sus encuentros en su estadio, ya sea por
imposibilidad de acceder al territorio donde se debía disputar el encuentro o
por imposibilidad de utilizar la instalación previamente definida, deberá
utilizar, previa autorización de la LNFP y de la RFEF, otro estadio de los que
estén homologados al inicio de la temporada para la disputa de partidos de
Primera o Segunda División.
• Los clubes deberán comunicar a la LNFP y a
la RFEF antes del 18 de septiembre de 2020 el estadio alternativo situado fuera
de su Comunidad Autónoma donde disputarían sus encuentros oficiales de Primera
o Segunda División si se diera el supuesto mencionado anteriormente. La disputa
en el estadio designado por el club y autorizado por la LNFP y por la RFEF se
utilizará mientras perdure la imposibilidad de disputar encuentros en su propio
estadio.
• En el supuesto que el estadio alternativo
designado también tuviera la prohibición de disputar encuentros, el club
afectado o la LNFP podrán designar otro estadio que cumpla con los requisitos
previstos anteriormente. Dicho cambio se notificará a la RFEF para su
aprobación definitiva.
Sobre las alineaciones de futbolistas
• El árbitro deberá ser informado, antes del
inicio del encuentro, de la relación de los futbolistas titulares y los
eventualmente suplentes de cada uno de los equipos, así como la relación de
técnicos que podrán situarse en el banquillo.
Número de jugadores
• Para poder comenzar un partido cada uno de
los equipos deberá comparecer y mantener durante todo el desarrollo del mismo
al menos siete jugadores pertenecientes a la plantilla de la categoría en la
que milita el equipo salvo lo estipulado en las cláusulas específicas para la
COVID-19.
• Cuando un equipo no llegue a ese número
mínimo, ya sea previo al partido o durante el desarrollo del mismo por
cualesquiera causas que den lugar a reducir ese número, la diferencia hasta el
exigido de siete no podrá cubrirse con jugadores de otra clase o categoría y el
árbitro acordará la suspensión del encuentro, adoptando el órgano disciplinario
la resolución que proceda.
Modificaciones por causas de fuerza mayor
1. Salvaguarda genérica
• Estas Bases o Normas de competición pueden
verse modificadas durante la temporada por causas de fuerza mayor derivadas de
la pandemia, siendo competencia de la Comisión Delegada de la Asamblea de la
RFEF, a propuesta de la Comisión de Seguimiento del Convenio de Coordinación,
la determinación de la paralización y/o de la vuelta a la competición oficial
en atención a las causas de fuerza mayor que sobrevengan y su prolongación en
el tiempo.
2.- Medidas específicas en caso de no poder
disputarse algunos de los encuentros como consecuencia de la COVID-19.
PRIMERA
• En caso de imposibilidad de celebrar un
encuentro como consecuencia de hechos relacionados con la pandemia de COVID-19,
tales como la no disponibilidad mínima de al menos 13 futbolistas habilitados
entre jugadores de la primera plantilla y de los equipos dependientes o
filiales, la imposibilidad de desplazamiento por causa de prohibiciones
sanitarias, el cierre de instalaciones siempre que esta situación se produzca
dentro de las 48 horas anteriores a la disputa del encuentro u otras de
naturaleza similar derivadas de la COVID-19, se deberá acordar el aplazamiento
del encuentro a una nueva fecha según las normas que se señalan a continuación.
• El número máximo de aplazamientos para los
clubes de Primera División por las causas señaladas anteriormente será de un
único encuentro y de dos encuentros para los clubes de Segunda División.
• En todo caso, no será posible el
aplazamiento de los partidos cuando las circunstancias descritas anteriormente
se produzcan con posterioridad a la Jornada 30 en Primera División y a la Jornada
34 en la Segunda División.
• No se contabilizará como partido
suspendido, a los efectos de los cómputos señalados anteriormente, al club que
no fuera responsable de la suspensión.
• Superado el límite de encuentros que pueden
suspenderse o cuando los mismos se produzcan en las últimas jornadas señaladas
se dará por ganador (3 a 0) al equipo que estuviere en disposición de disputar
el partido y si fueren los dos equipos los que estuvieren en no disposición de
disputar el encuentro por causas de la COVID-19, el encuentro se dará por
perdido a ambos equipos.
• En ninguno de estos supuestos será de
aplicación la infracción de incomparecencia prevista en las normas
disciplinarias
SEGUNDA
• El número mínimo de futbolistas de la
primera plantilla (7) del artículo 223 seguirá plenamente vigente durante el
desarrollo de toda la competición salvo cuando operen las causas de la COVID-19
descritas anteriormente en cuyo caso el número mínimo de jugadores con licencia
de la primera plantilla para la disputa del partido y durante todo el
desarrollo del mismo que será de 5 jugadores de la primera plantilla, salvo que
el club dispusiera de un número mayor (hasta 7) de jugadores de la primera
plantilla habilitados para el encuentro.
• En relación con lo recogido en el Artículo
239 del Reglamento General de la RFEF se elevará, por causas de la COVID-19, la
disponibilidad mínima a 13 futbolistas entre la primera plantilla y los equipos
dependientes o club filial recogidos en este apartado.
• En el supuesto de que en cualquier momento
de la Temporada un equipo por causas de la COVID-19 acreditadas por el médico
del equipo, no tuviera el número mínimo de jugadores de la primera plantilla
previsto en el artículo 223 y siguientes del Reglamento General para la disputa
el encuentro o durante el mismo encuentro, con las adaptaciones a la COVID-19
previstas en los apartados precedentes, podrá disputar el encuentro con
cualquier otro jugador procedente de los equipos dependientes o filiales
siempre que hubiere cumplido con los protocolos sanitarios y de seguridad de la
COVID-19 previstos en la competición profesional, no supere el número máximo de
jugadores extranjeros previsto en el artículo 230 del Reglamento General y sin
que tal circunstancia sea considerada como incomparecencia y pérdida del
encuentro, ni tampoco será causa de solicitud de suspensión del encuentro por
parte del club afectado. El club deberá alinear a todos los jugadores de la
primera plantilla habilitados para el encuentro cuando estos sean 7 o menos. Si
por cualquier circunstancia uno de estos jugadores abandonara la disputa del
partido sí será causa de incomparecencia y pérdida del encuentro.
TERCERA
Play-off Ascenso a Primera División. Cambio
de fechas y/o de formato.
1. Si al final de la fase regular se constata
que por causas derivadas de la COVID-19 anteriores a la disputa del Play-off de
Ascenso a Primera División resulte materialmente imposible que el mismo se
dispute con el formato inicialmente previsto para que pueda finalizar antes del
30 de junio con las dos eliminatorias de ida y vuelta, el mismo se desarrollará
con uno de los dos siguientes formatos:
a- Final Four en una única sede. Los
partidos de la Primera eliminatoria y de la Segunda Eliminatoria (Final) se
disputarán a partido único. En total se disputarían tres encuentros en 5 días.
b- Eliminatorias en diferentes sedes
neutrales propuestas por la LNFP y comunicadas a las RFEF, tanto para la
Primera como para la Segunda Eliminatoria (Final). Las eliminatorias se
disputarán a partido único.
Antes del
inicio del Play-off de ascenso y en atención a las circunstancias presentes en
ese preciso instante, la Comisión de Seguimiento del Convenio de Coordinación
acordará cual de las dos opciones resulta la más viable y adecuada en función
de los condicionantes sanitarios y competitivos.
2. En el
supuesto de que se mantenga el formato original para la disputa del Play-off
cuando por causas derivadas de la COVID-19 en alguno de los clubes
participantes, tuviera que suspenderse un encuentro de acuerdo con lo recogido
los apartados precedentes se podrán fijar nuevas fechas por parte de la LNFP
dentro de las jornadas reglamentariamente establecidas que deberá comunicarlas
a la RFEF siempre que puedan disputarse todos los encuentros del Play-off antes
el 30 de junio. A los efectos del máximo de aplazamientos no se computarán los
que hubiera tenido un club en la fase regular.
3. Si por
cualquiera de las causas señaladas en los apartados anteriores alguno de los clubes
participantes no dispone del número mínimo de futbolistas para la disputa del
encuentro o supere el límite máximo de aplazamientos se dará la eliminatoria
por perdida.
CUARTA
• La prohibición por parte de las autoridades
sanitarias competentes de realizar entrenamientos en el lugar de origen de cada
equipo o en sus instalaciones no podrá ser causa de suspensión de los partidos
de la competición oficial profesional por las causas de la COVID-19 previstas
en los apartados anteriores.
QUINTA
• Si como consecuencia de la COVID-19
cualquiera de los técnicos de los equipos participantes en la Primera y Segunda
División no pudiera ejercer las funciones para las que tenía la correspondiente
licencia podrá ser sustituido por otro empleado del club con la licencia
correspondiente para ejercer dicha función y que tuviera la titulación mínima
exigida para dicha actividad.
• La duración de tal sustitución será la
estrictamente necesaria hasta el alta médica de la persona a la que sustituya.
SEXTA
• En
relación con lo establecido en el Artículo 215 del Reglamento General de la
RFEF, de forma excepcional y transitoria, no será obligatorio comparecer en las
instalaciones de juego con 90 minutos de antelación a la disputa del partido.
Se podrá comparecer hasta 45-50 minutos previos al inicio del encuentro
garantizando así el inicio del encuentro a la hora prevista.
Fuente: RFEF
¿Qué opinas?