Los árbitros de fútbol y la Seguridad Social


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El anteproyecto de la Ley del Deporte aprobada en esta semana por el Consejo de Ministros recoge en uno de sus apartados que todos los árbitros de fútbol podrán estar sujetos al Régimen de la Seguridad Social y será La Liga quien asuma los gastos según el acuerdo firmado en julio pasado entre la Liga y la RFEF.
Pero solo será obligatorio cuando los árbitros perciban por su actuación una retribución por su labor y no un simple reintegro de gastos por desplazamiento, estancia u otro concepto. El capítulo VII “De los árbitros y jueces deportivos”, en su artículo 41.4 así lo regula:
“4. Cuando los árbitros perciban por su actuación una retribución por su labor y no un simple reintegro de gastos por desplazamiento, estancia u otro concepto, conforme, en este último caso, a la legislación laboral y fiscal, tendrán que formalizar su relación en el marco de las opciones que establece la normativa laboral y ser incorporados al sistema de Seguridad Social.”
Las cuotas de todos los árbitros y asistentes de Primera y Segunda División serán asumidos por La Liga, costes que serán próximos a los dos millones de euros.
Ver/Descargar anteproyecto en su totalidad: Ley del Deporte
Fuente: Sport

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