RFEF-CTA: pruebas técnicas, físicas y médicas para Temporada 2021/22
El CTA ha publicado la Circular 2 donde detalla las pruebas técnicas, físicas y médicas que tiene previsto realizar a los árbitros y asistentes del fútbol profesional está próxima temporada 2021-2022. En lo que respecta a árbitros, árbitros asistentes y asistentes de video de primera y segunda división (más información en el enlace final):
PRUEBAS TÉCNICAS
Los miembros del colectivo
arbitral deberán superar las pruebas técnicas establecidas en la presente
circular, con los baremos y la periodicidad definidos a continuación:
Realizarán las siguientes pruebas
técnicas en cada convocatoria:
- Examen de Reglas de Juego
- Examen de Protocolo VAR
- Video Test
La nota mínima para superar cada
una de las pruebas es del 70%.
Se establecen, como mínimo, 5
convocatorias:
- Antes del Inicio de la
Competición
- Durante la Competición, en los
meses de octubre, diciembre, febrero y abril.
PRUEBAS FÍSICAS
Realizarán 3 ciclos de pruebas
físicas bajo la organización, coordinación y supervisión directa del CTA en las
siguientes convocatorias (fechas aproximadas sujetas a cambios por necesidades
de la competición u otros):
- Antes del inicio de la
competición
- noviembre
- febrero
ÁREA MÉDICA
Antes del Inicio de la Competición
El CTA se encargará directamente
de la organización y coordinación de estos reconocimientos médicos, de forma que
los árbitros y asistentes únicamente deberán acudir obligatoriamente al centro
indicado el día y hora establecidos por el CTA.
Cada árbitro y árbitro asistente
deberá incluir el informe del Reconocimiento Médico Deportivo en la sección
“Documentos Clínicos” de la plataforma “Spodha”.
Todo árbitro o árbitro asistente
que no haya superado satisfactoriamente el Reconocimiento Médico Deportivo, o
no lo haya incluido en la plataforma "Spodha" no será designado para
ningún partido.
Durante la Temporada
En cada seminario arbitral que se
realice de manera presencial se realizará un control de la composición corporal
y de peso.
Se establecen los siguientes
límites de porcentaje de grasa corporal:
- Nivel Deseado: No superior al
12 %.
- Nivel Máximo Permitido: 14 %.
Documento PDF de todos los detalles: CIRCULAR 2
Fuente: RFEF-CTA
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