FIFA trata de proteger a los jugadores menores de edad

El mercado que en los últimos tiempos está vigente por toda la geografía mundial para la captación de jugadores de fútbol por parte de los clubes, lo que ha devenido en la existencia de ojeadores procedentes de entidades de todos los países en la búsqueda de jóvenes promesas, diamantes en bruto, al menor precio posible, ha propiciado, como en todo mercado subyace, una corriente de picaresca y en algunos casos, incluso, de un aprovechamiento desmedido o de una relación comercial sin tener en cuenta y sin garantizar aspectos elementales en la formación integral de esas jóvenes promesas.
Lo anterior ha llevado al máximo organismo mundial del fútbol, la FIFA, a tomar medidas y a regular la inscripción y transferencia internacional de futbolistas menores, obligando a tramitar un certificado para aquellos jugadores que, habiendo estado inscritos en una Federación Nacional, deseen inscribirse por una nueva. Y a ese respecto la FIFA ha reglamentado que las transferencias internacionales de jugadores se permiten sólo cuando el jugador alcanza la edad de 18 años, salvo algunas excepciones, entre ellas, establece que si se trata de jugadores entre 16 y 18 años y la transferencia se efectúa dentro del territorio de la Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE), el nuevo club debe cumplir unas obligaciones mínimas como son:
a) Proporcionar al jugador una formación escolar o capacitación futbolística adecuada, que corresponda a los mejores estándares nacionales.

b) Además de la formación o capacitación futbolística, garantizar al jugador una formación académica o escolar, o una formación o educación y capacitación conforme a su vocación, que le permita iniciar una carrera que no sea futbolística en caso de que cese en su actividad de jugador profesional.

c) Tomar todas las previsiones necesarias para asegurar que se asiste al jugador de la mejor manera posible (condiciones óptimas de vivienda en una familia o en un alojamiento del club, puesta a disposición de un tutor en el club, etc.)
Lógicamente, estas medidas van dirigidas para aquellos futbolistas que, dadas sus condiciones técnicas, se les augura un porvenir dentro del fútbol profesional, y por ello provienen de clubes adscritos a otros países y se inscriben en clubes de Primera, Segunda o Segunda División “B”. Sin embargo existe un amplio colectivo de jugadores menores de edad que no entra dentro de ese perfil, es decir, que no necesitan de la transferencia internacional porque no hayan actuado en su país de origen, y además deseen inscribirse en un club de tercera división o inferior categoría, en cuyo caso, la tramitación requerida para poder intervenir es sustancialmente menos complicada y la documentación necesaria es la siguiente:
a) Solicitud del interesado

b) Acta notarial de no haber estado inscrito en ningún club, por parte del jugador y por sus padres o tutores legales, y/o, documento suscrito ante el Secretario General de la Federación de Ambito Autonómico correspondiente en el que se contenga la declaración jurada de no haber estado inscrito en ningún club, por parte del jugador y por sus padres o tutores legales.

c) Fotocopia autenticada del pasaporte del jugador.
El citado reglamento protege también, entre otras cosas, a las entidades formadoras de jugadores, estableciendo una indemnización que recibirán los clubes en los que ha estado inscrito un jugador que firma su primer contrato de profesional y por cada transferencia como profesional hasta que cumple 23 años. También regula un mecanismo de solidaridad según la cuál también se establece una indemnización si un jugador profesional es transferido antes del vencimiento de su contrario. Tales cantidades vienen a recompensar el servicio que se hace desde los clubes formadores y por ello se trata de una medida justa y acertada.
Estas cláusulas contenidas en el Reglamento FIFA son algunas de las que merece destacar por el fondo que trasciende, ya que se trata, por un lado, de protección a menores y, por otro, de ayudas a los clubes por donde trasiegan los jugadores en su vida deportiva, quienes merecen una recompensa por su labor con aquellos futbolistas que han estado a su cobijo y de cuyos servicios se aprovechan otros clubes de mayor rango. No obstante, el cuerpo normativo a que nos referimos contempla otras muchas situaciones interesantes, principalmente en lo que a jugadores profesionales se refiere.
Noticia:http://www.ffcm.novanet.es/

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